El Impuesto de Sociedades es un impuesto directo que grava los beneficios obtenidos por las sociedades y demás entidades jurídicas. Se regula por la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades y por el Real Decreto 634/2015, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Es de carácter obligatorio para todas las entidades jurídicas residentes en territorio español, así como para las entidades no residentes que operen en el país a través de establecimientos permanentes.
El Impuesto se aplica sobre la base imponible, que es el resultado contable ajustado de la entidad, es decir, los beneficios o pérdidas obtenidas durante el ejercicio fiscal, teniendo en cuenta las correcciones y ajustes fiscales establecidos por la normativa. En ningún caso, el período impositivo puede exceder de doce meses.
- Los obligados a la presentación y pago del Impuesto de Sociedades son:
- Sociedades mercantiles: sociedades limitadas, anónimas, Uniones Temporales de Empresas.
- Sociedades civiles con carácter mercantil.
- Sociedades agrarias y agrupaciones de interés económico.
- Fondos de inversión, de pensiones y cooperativas.
- Asociaciones y fundaciones: como ONGs y colegios profesionales.
Cómo se calcula el Impuesto de Sociedades
El cálculo del Impuesto de Sociedades se lleva a cabo siguiendo un proceso específico y regulado. A continuación, detallaremos los pasos a seguir.
1. Obtención del resultado contable
Se parte del resultado contable obtenido por la empresa, el cual se ajustará para determinar la base imponible del impuesto.
2. Ajustes de la base imponible
Se realizan los ajustes necesarios al resultado contable para calcular la base imponible del impuesto. Estos ajustes pueden incluir correcciones fiscales y contables establecidas por la normativa correspondiente.
3. Reducciones de la base imponible y compensación de bases negativas
Se considera la posibilidad de aplicar reducciones a la base imponible o compensar bases negativas generadas en ejercicios anteriores. Estas medidas contribuyen a disminuir la carga impositiva de la empresa.
4. Aplicación del tipo de gravamen
Una vez determinada la base imponible, se aplica el tipo de gravamen correspondiente según las características y circunstancias de la empresa. Es importante tener en cuenta que existen deducciones y bonificaciones que pueden impactar en el cálculo global de la cuota del impuesto, reduciendo su importe.
5. Deducciones y bonificaciones
En el cálculo del Impuesto de Sociedad también se tienen en cuenta las deducciones y bonificaciones que puedan aplicarse. Estas pueden variar en función de diferentes factores, como la realización de actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, la creación de empleo o la inversión en determinados activos. Las deducciones y bonificaciones permiten reducir la cuota del impuesto, incentivando ciertas acciones y actividades económicas.
6. Compensación de bases imponibles negativas
En caso de que la empresa haya generado bases imponibles negativas en ejercicios anteriores, es posible compensarlas con las bases imponibles positivas de los ejercicios posteriores. Esto permite aprovechar las pérdidas acumuladas y reducir la carga fiscal de la empresa.
7. Pagos fraccionados
Además del cálculo anual del Impuesto de Sociedad, las empresas están obligadas a realizar pagos fraccionados a cuenta del impuesto. Estos pagos se realizan de forma periódica a lo largo del año y se calculan en base a la estimación del resultado del ejercicio en curso.
Cómo se declara el Impuesto de Sociedades
La presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades es un proceso que debe llevarse a cabo dentro de los plazos establecidos por la normativa fiscal. De acuerdo con esta, se dispone de un plazo de 25 días naturales después de los 6 meses posteriores al cierre del período impositivo para presentar dicha declaración.
En el caso de aquellas entidades que hayan fijado su período impositivo en concordancia con el año natural, el impuesto debe liquidarse y abonarse antes del día 25 de julio. Sin embargo, es importante destacar que si el período impositivo de una empresa no coincide con el año natural, el pago correspondiente se efectuará dentro de los 6 meses siguientes al cierre de dicho período.
Es fundamental tener en cuenta que el período impositivo puede finalizar por diversas circunstancias, como la extinción de la entidad, el cambio de residencia al extranjero o una modificación en su forma jurídica. Estos eventos implican que la entidad deje de estar sujeta al impuesto o que se produzca un cambio en su régimen tributario. Asimismo, cumplir con los plazos establecidos por la legislación fiscal para la presentación del Impuesto de Sociedades es esencial, ya que el no cumplimiento de estos plazos puede acarrear consecuencias como sanciones y recargos por parte de la Administración Tributaria.
Modelo del Impuesto de Sociedades
En el ámbito de este impuesto, existen varios modelos tributarios que revisten una gran importancia para las empresas. Estos modelos establecen plazos y requisitos para la presentación de la declaración y los pagos correspondientes. Detallaremos los modelos más relevantes en relación con el Impuesto de Sociedades.
El modelo 200 es el principal formulario utilizado para la mayoría de las empresas cuyo ejercicio coincide con el año natural. Este modelo se presenta dentro del período correspondido entre el 1 y el 25 de julio del año siguiente al cierre del período impositivo. Es en este formulario donde se detallan los resultados contables y se realizan los ajustes necesarios para calcular la base imponible del Impuesto de Sociedades.
Por otro lado, el modelo 202 se utiliza para realizar los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades. Estos pagos se efectúan en los meses de abril, octubre y diciembre, específicamente en los días comprendidos entre el 1 y el 20 de cada uno de estos meses. Este modelo permite a las empresas realizar pagos anticipados del impuesto, lo cual contribuye a la gestión de su carga fiscal.
En el caso de las Entidades en régimen de consolidación fiscal, el modelo 220 es el que se utiliza para la presentación de la declaración. Este modelo es aplicable a aquellas empresas que se encuentran bajo un régimen especial que permite consolidar los resultados de varias entidades vinculadas. Al igual que el modelo 200, el plazo de presentación para estas empresas suele ser del 1 al 25 de julio del año siguiente al cierre del período impositivo.
La correcta presentación de estos modelos y el cumplimiento de los plazos establecidos son fundamentales para evitar posibles sanciones y asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Por tanto, es imprescindible que las empresas estén al tanto de los requerimientos legales y cuenten con el asesoramiento adecuado para llevar a cabo estos trámites de manera precisa y oportuna.
Novedades del Impuesto de Sociedades en 2023
Cabe mencionar, por último, las novedades en el Impuesto de Sociedades para este año 2023 que afectan a los contribuyentes y a las diferentes modalidades de tributación.
En primer lugar, a partir del 1 de enero de 2022, se estableció que la cuota líquida no podrá ser inferior al 15% de la base imponible, teniendo en cuenta las reservas de nivelación y las inversiones. Esta disposición aplica a aquellos contribuyentes que hayan tenido una cifra de negocios de al menos 20 millones de euros en los 12 meses anteriores al período impositivo, o que tributen bajo el régimen especial de consolidación fiscal. Sin embargo, existen excepciones a esta cuota líquida mínima, como las entidades sin fines de lucro que tributan al 10%.
En segundo lugar, se ha establecido una deducción del 10% en la cuota íntegra para las contribuciones empresariales imputadas a favor de los trabajadores con ingresos anuales brutos inferiores a 27.000 euros. Esta deducción aplica a los planes de pensiones de empleo, planes de previsión social empresarial, planes de pensiones regulados en la Directiva (UE) 2016/2341 del Parlamento Europeo y a las mutualidades de previsión social. Para los trabajadores con ingresos brutos anuales iguales o superiores a 27.000 euros, la deducción se aplicará de forma proporcional al importe de la retribución bruta anual.
En tercer lugar, han establecido bonificaciones para entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas. A partir de 2022, las entidades acogidas al Régimen Especial de Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas contarán con una bonificación del 40% en la parte de la cuota íntegra derivada del arrendamiento de viviendas que cumplan los requisitos establecidos para la aplicación de este régimen.
En conclusión, vistas las novedades más relevantes que se han introducido en el Impuesto de Sociedades para los períodos impositivos en los años 2022 y 2023, es importante tener en cuenta estas modificaciones y evaluar su impacto en las obligaciones fiscales de las empresas y contribuyentes, así como contar con el asesoramiento adecuado para garantizar un cumplimiento correcto de las normativas tributarias.